LUAF

LICENCIA ÚNICA ANUAL DE FUNCIONAMIENTO

La LICENCIA ÚNICA ANUAL DE FUNCIONAMIENTO (LUAF) es la autorización legal otorgada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca que faculta el ejercicio de actividades turísticas dentro del cantón. De acuerdo con la normativa nacional vigente, esta licencia es obligatoria para todos los establecimientos que prestan servicios turísticos remunerados.

El marco legal que sustenta la obligatoriedad de este documento se basa en:

  • Ordenanza Municipal (Art. 5): La LUAF «constituye la autorización legal conferida por la Municipalidad de Cuenca, sin la cual no se podrá ejercer la actividad turística«.
  • Reglamento General a la Ley de Turismo (Art. 43): Establece que para el ejercicio de actividades turísticas se requiere, de forma obligatoria, obtener el registro y la licencia anual de funcionamiento.
  • Exhibición Obligatoria (Art. 14 – Ordenanza): Todo establecimiento está obligado a exhibir la Licencia de Funcionamiento y las tarifas de sus servicios en un lugar visible al público.

Antes de solicitar la LUAF en el Municipio, todo establecimiento debe contar con su Registro de Turismo quien da es el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones mediante su sitio: siturin.produccion.gob.ec

Actividades Sujetas a la Licencia

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  • Alimentos, bebidas y entretenimiento.
  • Agenciamiento turístico y Transporte turístico.
  • Organizadores de eventos, congresos, ferias y salas de banquetes.
  • Centros de turismo comunitario y de recreación turística (balnearios y termas).
  • Parques temáticos y atracciones estables.

Requisitos para el Trámite

Para obtener tu licencia, asegúrate de contar con la siguiente documentación:

  1. Formulario Turismo: https://www.cuenca.gob.ec/sites/default/files/FORMULARIO%20TURISMO%20.pdf
  2. Registro de Turismo: Copia certificada del registro otorgado por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones mediante su sitio: siturin.produccion.gob.ec
  3. Nombramiento: En el caso de personas jurídicas, certificado del representante legal.
  4. Permiso de Uso de Suelo Municipal (PMUS o antiguo RMO):
    • Excepciones: No requieren este requisito los alojamientos en inmuebles habitacionales.
  5. Patente Municipal: Comprobante de pago del año en curso.

Canales de Atención

El trámite se realiza de manera presencial en las oficinas municipales:

  • Lugar: Ventanilla Municipal de RENTAS.
  • Dirección: Sucre y Benigno Malo (Planta baja del Edificio Municipal).
  • Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 16h45.

Información del Costo y Tiempos

  • Tasa de la Licencia: El valor de la tasa se calculará según la categoría y tipo de establecimiento (conforme a la Ordenanza vigente).